El Patronato estará constituido por los miembros electos de la Junta Directiva de la Sociedad Española de Trombosis y Hemostasia. Los cargos de Presidente, 2 Vicepresidentes, Tesorero y Secretario los ocuparan las mismas personas que lo sean en la Junta Directiva de la Sociedad Española de Trombosis y Hemostasia. El resto de los miembros de la Junta Directiva de la Sociedad Española de Trombosis y Hemostasia serán designados como Vocales del Patronato.
Sólo podrán ser Patronos de la FUNDACION ESPAÑOLA DE TROMBOSIS y HEMOSTASIA (FETH) las personas físicas que reúnan la condición de miembros de la Junta directiva de la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE TROMBOSIS y HEMOSTASIA (SETH).
El cargo de Patrono tendrá la misma duración que el del cargo electo que ocupe el patrono en la Junta Directiva de la Sociedad Española de Trombosis y Hemostasia y se renovarán a la vez que ésta.
El cargo de Patrono de la FUNDACION ESPAÑOLA DE TROMBOSIS y HEMOSTASIA (FETH) será siempre gratuito, sin perjuicio del derecho de todo Patrono a ser reembolsado de los gastos ocasionados por el desempeño de esta condición.
La condición de Patrono se ejercerá siempre personalmente sin que se admita su ejercicio por representación. Los Patronos deberán desempeñar las funciones de su cargo con responsabilidad y diligencia.
El Presidente ostenta la plena representación del Patronato para toda clase de actuaciones, judiciales y extrajudiciales y además todas las funciones que la Ley y estos estatutos le encomienden.
Los Vicepresidentes, por orden de antigüedad en el cargo, sustituirán al Presidente siempre que éste no pueda ejercer sus funciones por cualquier causa justificada.
El Secretario deberá custodiar la documentación de la fundación, extender las Actas de las reuniones del Patronato, llevar los libros de actas de la fundación, certificar de su contenido con el Visto Bueno del Presidente y redactar la Memoria de Actividades. En defecto del Secretario nombrado, estas funciones corresponderán al Presidente.
El Tesorero deberá custodiar los fondos de la fundación, ejecutar los actos de disposición de fondos acordados por el Patronato, llevar la contabilidad de la fundación por sí o persona encargada, redactar el presupuesto de gastos e ingresos y Memoria explicativa, el Balance de situación, la Cuenta de Resultados y la liquidación del presupuesto de ingresos y gastos del ejercicio anterior, y, en general, cumplir las obligaciones formales de la fundación frente a cualesquiera personas e instituciones, públicas o privadas, especialmente frente al Registro de Fundaciones y la Hacienda Pública. |